Así es como los “derechos de la naturaleza” se abren camino en América Latina

Así es como los “derechos de la naturaleza” se abren camino en América Latina

 

 

 

Más de 35 países en todo el mundo —entre los que se incluyen Ecuador, Brasil, Panamá y otros latinoamericanos— han reconocido en sus sistemas jurídicos de una u otra forma la existencia de los llamados “Derechos de la Naturaleza”, según las cifras del Earth Law Center, es decir que la naturaleza tiene derechos específicos, por ejemplo los derechos a existir, a desarrollarse y a que se la repare en caso de daños.

Por CNN en Español

Los titulares sobre el reconocimiento legal de ecosistemas o elementos de ciertos ecosistemas se están multiplicando en la actualidad, resultado de un proceso de décadas de duración: organizaciones como la Alianza global para los Derechos de la Naturaleza marcan el primer hito de este costoso camino en 1972, con la publicación de un artículo seminal en una revista académica californiana que describía como, en virtud de la legislación de entonces, se consideraba que la naturaleza carecía de derechos que pudieran defenderse.

El cambio de paradigma

Desde entonces, los Derechos de la Naturaleza se han convertido en un instrumento jurídico “que permite que la naturaleza, total o parcialmente, es decir, los ecosistemas o las especies, tengan derechos inherentes y deban tener legalmente la misma protección que las personas y las empresas; que los ecosistemas y las especies tengan derechos legales a existir, prosperar y regenerarse”, explica la Plataforma Intergubernamental Científico-normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES).

Ya no se trata de proteger el medio ambiente por los beneficios para los seres humanos, lo que respondería a una noción antropocéntrica, sino de protegerlo por su valor intrínseco, que responde a un “paradigma ecocéntrico”, en palabras de IPBES. Como explica el Earth Law Center, “el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza implica un cambio de paradigma en que las entidades naturales como ríos, bosques y mares dejan de ser objetos de explotación y son reconocidos como sujetos de protección jurídica, los cuales pueden invocar sus propios intereses jurídicos a través de sus representantes legales, independiente de los beneficios que reportan a la humanidad”.

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