Motorizados organizados rechazan decreto que prohíbe circular en horario nocturno en San Juan de los Morros

Motorizados organizados rechazan decreto que prohíbe circular en horario nocturno en San Juan de los Morros

Motorizados organizados rechazan decreto que prohíbe circular en horario nocturno en San Juan de los Morros

 

 

 

Un grupo de motorizados organizados (mototaxistas y empleados públicos) rechazaron la restricción de circular desde las 10:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana en la jurisdicción de Roscio, estado Guárico, según decreto publicado en Gaceta Municipal.

Corresponsalía lapatilla.1eye.us

Los motorizados se acercaron la mañana de este viernes 26 de enero hasta la alcaldía de Roscio para solicitar un diálogo con la alcaldesa Sulme Ávila, a quien le piden reconsiderar la medida que atenta contra el libre tránsito.

Orlando Álvarez, mototaxista, destacó que están de acuerdo con la implementación de algunas medidas para garantizar la seguridad vial en el municipio. Sin embargo, cuestionó la prohibición de transitar en horario nocturno.

“Hay un decreto que generaliza a todos los motorizados, incluyendo a los mototaxistas, el cual prohíbe circular desde la 10:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, pero esa medida nos afecta a todos”, aseveró Álvarez.

Daniel Esculpi agregó que hay motorizados que son padres de familia que pudieran tener alguna emergencia en horas de la noche y esta ley les prohíbe circular, lo cual es violatorio del derecho al libre tránsito.

Óscar Quiñónez, mototaxista, también manifestó su descontento con la prohibición, ya que asegura que en ocasiones presta el servicio “delivery” en horas de la noche. Al mismo tiempo cuestionó el accionar de algunos funcionarios policiales que exceden sus responsabilidades.

En cuanto al decreto de seguridad vial, el mismo establece que todo motorizado que por diversas razones circule en el horario restringido, debe tramitar un “salvoconducto” a través de la policía municipal de Roscio.

Además, el incumplimiento de la medida tendrá como sanción la retención del vehículo y el pago de 20 Unidades de Cuenta Dinámica (UCD), equivalentes en bolívares, según lo establecido en la Ley de Armonización Tributaria.

Exit mobile version