Ordenan prisión preventiva para dos personas por presunta migración ilegal en Ecuador

Ordenan prisión preventiva para dos personas por presunta migración ilegal en Ecuador

 

La Justicia ecuatoriana ordenó la prisión preventiva para dos personas y la presentación periódica ante las autoridades de un adulto mayor luego de que fueran detenidos en el marco de unas investigaciones sobre presunto tráfico ilícito de migrantes.





Las tres personas que fueron detenidas la madrugada del 10 de mayo, en la ejecución de un operativo liderado por Fiscalía, habrían ofrecido y organizado viajes irregulares a Estados Unidos, indicó este jueves la Fiscalía en un comunicado.

Anotó que en la audiencia de formulación de cargos, el fiscal Especializado en Delincuencia Organizada Transaccional e Internacional solicitó, motivadamente, que se dicte prisión preventiva para las personas procesadas.

No obstante, el juez acogió parcialmente este pedido y ordenó presentación periódica y prohibición de salida del país a Juan M., por ser adulto mayor, mientras que para Diana C. y Carlos C.L., dispuso prisión preventiva.

La instrucción fiscal durará noventa días.

La Fiscalía justificó el inicio del proceso penal con la presentación las versiones de cinco víctimas que denunciaron los hechos.

Sus relatos coincidieron con los indicios que se levantaron durante el operativo: varios documentos que dan cuenta de que los hoy procesados habrían pedido a las víctimas entre 15.000 y 20.000 dólares para llevarlos por vías irregulares a EE.UU.

Ante el juez penal, la Fiscalía también explicó los informes de seguimientos y vigilancias, diligencias dispuestas a través de impulso fiscal y realizadas por la Unidad de Trata de Personas de la Policía Nacional.

Además, el registro de actividades de los ahora procesados desde septiembre de 2022.

La detención de los ciudadanos se realizó de forma simultánea con otros allanamientos realizados en Pastaza, provincia amazónica en donde se presume existirían más conexiones.

El tráfico ilícito de migrantes está tipificado en el artículo 213, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal y determina una pena privativa de la libertad de siete a diez años.

EFE