El parricidio y filicidio cometido por Jhonier Leal, que habría tenido como principal motor quedarse con la considerable fortuna de su hermano Mauricio y que el país ha seguido en tiempo real a través de los medios de comunicación, se zanjará para la justicia con una condena que promediará los 20 años y que podría rebajarse hasta unos 17, por cuenta de todas las gabelas que da el sistema penal colombiano.
Por eltiempo.com
Ese será el resultado de la decisión del reo de aceptar cargos apenas horas después de haber negado cualquier responsabilidad en el impresionante crimen, pero aún en los tiempos que da la ley para dar ese paso y lograr así beneficiarse de la menor pena que reciben los acusados que le evitan al Estado el desgaste de recursos que implica sacar adelante un proceso penal.
Desde varios sectores se han escuchado críticas por la certeza de que el asesino de su propia madre y de su hermano, contra quien además existe toda una montaña de pruebas, termine pagando la mitad, o menos, de una condena que de seguro estaría rondando entre los 40 y los 45 años de prisión si hubiera ido a juicio.
Esa extendida indignación –que para nada empaña la impecable conducción del caso por la Fiscalía General, que en tiempo récord logró esclarecer el crimen y armar un expediente irrefutable contra Jhonier Leal– es entendible. Pero no resiste el contraste con la realidad de nuestro sistema penal acusatorio, que además del pragmatismo que tiene como sello de origen, se caracteriza por una enorme dificultad para lograr sentencias condenatorias contra los acusados, en toda clase de delitos.
Los datos de los últimos años –los del 2021 aún no están disponibles– muestran que la enorme mayoría de las ‘salidas’ de las noticias criminales que conoce nuestra justicia se dan por el archivo: no es posible ubicar a la víctima y al posible victimario, o la conducta denunciada no puede ser tipificada como delito, y entonces se toma la determinación de dejar de lado ese proceso a la espera de que haya nuevas pruebas. Esa fue la vía por la que se evacuaron en el 2020 casi 380.000 investigaciones y procesos penales, de los 446.000 que tuvieron algún tipo de cierre en el país. Según datos de la Corporación Excelencia en la Justicia (a su vez, tomados de las bases de datos de Fiscalía y Judicatura), las sentencias en los procedimientos abreviado (que se aplica para delitos como hurtos menores, por ejemplo) y no abreviado fueron menos de 10.500 en todo el país. La aceptación de cargos y los acuerdos en etapas más avanzadas del proceso penal (que también le dan al acusado una rebaja de pena, pero menor) representan, de lejos, la vía para lograr la mayoría de condenas.
Por supuesto, esas bajas cifras se enmarcan en la pandemia. Pero las sentencias emitidas por nuestra justicia en los años anteriores, en promedio, rondan las 60.000. En contraste, cada año la justicia conoce entre 1,2 y 1,5 millones de noticias criminales.
Todo esto para poner en contexto el exitoso ejemplo que resulta para nuestro aparato de justicia el caso de Jhonier y Mauricio Leal. Un caso en el que aún está por verse que la eficiencia de la Fiscalía tenga continuidad en ese segundo tiempo de la justicia al que nadie le para bolas y donde tantas cosas extrañas pasan, y que se llama ejecución de penas. Porque la sola existencia de una condena no garantiza, como lo hemos visto decenas de veces, que realmente se haya hecho justicia.