Los literales 1, 2 y 3, del artículo 35 de la Ley de Convivencia para la Seguridad y Paz del estado Miranda, prohíbe a los conductores de motos y sus acompañantes a transitar sin casco; además circular contrario a las normas y señales de tránsito bajo inobservancia de las leyes que rigen la materia; de igual manera no permite el traslado de más de dos personas en cada vehículo.
Por Diario Avance
Los infractores se exponen a multas de 700 unidades tributarias o a la realización de trabajos comunitarios, así lo estipula el artículo 36 del citado texto legal.
Víctor Lozada y José Arleo, directivos de la Asociación Nacional de Defensa de los Derechos Humanos (Anaddeh), alertaron sobre la mala aplicación de la ley por parte de algunos funcionarios de Polimiranda.
“Hemos recibido denuncias de uniformados que se dan a la tarea de retener las motos, situación que es irregular porque los que cometen la falta tienen 15 días para reclamar o pagar la multa y si no pueden cancelarla entonces el ciudadano tiene que hacer una labor comunitaria o es obligado a participar en actividades formativas orientadas a generar conciencia en el comportamiento cívico”, detalló Lozada.