El Tribunal Arbitral en La Haya falló a favor de Serafín García Armas por la expropiación ilegal de sus compañías y condenó a Venezuela a pagar más de 366 millones de dólares americanos.
La información está contenida en un boletín emanado de la oficina del empresario, integrante de una familia (los hermanos García) con más de treinta años de trabajo Guayana en el ramo de los alimentos y la educación.
Un poco de historia
El pasado 26 de abril, un Tribunal Arbitral internacional administrado por la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya (Holanda) condenó a Venezuela a pagar aproximadamente US$ 366 millones en favor de Serafín García Armas y su hija Karina García Gruber, propietarios de Alimentos Frisa, C.A. y Transporte Dole, C.A. en concepto de indemnización por la expropiación ilegal de estas compañías que tuvo lugar en 2010.
Agrega el relato del caso, que “el reclamo fue iniciado por el Sr. García Armas y la Sra. García Gruber en el año 2012, invocando el Tratado Bilateral de Inversiones firmado entre Venezuela y el Reino de España de 1995. El reclamo se basó en su inversión en Alimentos Frisa, C.A. y Transporte Dole, C.A., compañías que operaban en el sector de la importación y distribución de alimentos en Venezuela y que en mayo de 2010 cuyas instalaciones fueron ocupadas y sus inventarios decomisados por funcionarios del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS)”.
La intervención de las compañías de la familia García Armas (que también incluyó al Friogrífico Ordaz, S.A. , propiedad de otros miembros de la familia y respecto del cual tramitan dos arbitrajes separados) tuvo lugar en el marco de una serie de inspecciones realizadas por el INDEPABIS en mayo de 2010 a varias empresas en el sector alimenticio. En el caso de Alimentos Frisa, C.A. y Transporte Dole, C.A., el INDEPABIS acusó a estas compañías de ciertas irregularidades operativas, y a través de medidas preventivas de “ocupación y operatividad temporal”, ordenó poner sus activos e inventarios a disposición de una Junta Administradora Temporal, que sería encargada de administrarlas.
Señala el informe dado a conocer ayer a los medios, que “según destacó el Tribunal Arbitral compuesto por los experimentados árbitros Guido Santiago Tawil (Argentina), Eduardo Grebler (Brasil) y Rodrigo Oreamuno (Costa Rica) y administrado por la Corte Permanente de la Haya (Holanda), por sus actos, debido a los desmanejos de la Junta Administradora, al poco tiempo de su intervención, ambas empresas debieron suspender definitivamente sus operaciones”.
Expropiación ilegal
El Tribunal Arbitral concluyó que la real justificación para la intervención de las compañías por parte del INDEPABIS no había sido la existencia de irregularidades, sino la decisión de Venezuela de apropiarse de los activos de las compañías del Sr. García Armas. Por lo tanto, el tribunal arbitral consideró que las medidas habían implicado una expropiación ilegal, al privarse a los demandantes del uso y goce de su propiedad, sin pagar compensación.
“De la misma manera, el tribunal también consideró que las medidas habían sido arbitrarias y totalmente desproporcionadas con las supuestas infracciones, que los demandantes no pudieron defenderse de forma adecuada, y que Venezuela había violado gravemente el debido proceso al no seguir los procedimientos previstos en la ley venezolana para una expropiación” , se subraya.
366 millones de dólares
Indica el informe, que “como resultado de estas violaciones del Tratado Venezuela-España, el Tribunal Arbitral condenó a Venezuela al pago de la indemnización a favor de los inversores descrita anteriormente por US$ 366 millones. Además, ordenó a Venezuela cubrir todos los costos legales y administrativos del arbitraje, notando que la defensa de Venezuela había intentado obstruir el avance del procedimiento de manera sistemática y con mala fe”.
La representación del Sr. García Armas y la Sra. García Gruber estuvo liderada por las firmas de abogados Freshfields Bruckhaus Deringer y Dechamps International Law. Venezuela fue representada por el abogado Alfredo De Jesús, concluye el informe.
Nota de Prensa