Mediante un Decreto Constituyente publicado en la Gaceta Oficial Nº 6.396, de fecha 21 de agosto de 2018, el Gobierno eliminó la exención al combustible que contemplaba la Ley del Impuesto al Valor Agregado del año 2014 como parte de una serie de reformas tributarias que, aseguran sus voceros, buscan generar más ingresos al fisco nacional, publica Crónica Uno.
Dicho decreto modificó parcial o totalmente algunos enunciados del mencionado texto legal. El artículo 18, por ejemplo, fue eliminado. Este trataba sobre las ventas exentas del impuesto y mencionaba en su numeral 4 a “los combustibles derivados de hidrocarburos, así como los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina, tales como etanol, metanol, metil-ter-butil-éter (MTBE), etil-ter-butil-éter (ETBE) y las derivaciones de estos destinados al fin señalado” como uno de los doce bienes no gravados por la ley.
De manera que, de acuerdo con lo anteriormente señalado, el costo de producción de la gasolina también sufrirá de ajustes toda vez que sus componentes no gozarán de la exoneración del ahora 16% de IVA.
Además, el artículo 3º del Decreto Constituyente incluye una Disposición Derogatoria Única que suprime el numeral 3 del artículo 48 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos que trataba sobre el “impuesto al consumo general”. Este era pagado por las personas que realizaban las actividades referidas a la ley -bombas de gasolina y Pdvsa- y tenía un valor entre el treinta y cincuenta por ciento del precio pagado por el consumidor final, por cada litro de producto derivado de los hidrocarburos. Por lo que es probable que dicho monto sea trasladado al costo total del combustible.
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