Juan Miguel Matheus, diputado a la Asamblea Nacional por el estado Carabobo, se pronunció sobre la detención de José y Alejandro Sánchez y alertó que se trata de “una desaparición forzosa.
Nota de prensa
Es una acción que viola gravemente los derechos humanos y constitucionales de dos jóvenes que luchan por la democracia en Venezuela. El ministro Reverol viola los artículos 44 y 45 de nuestra Constitución, la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas”.
Matheus explicó que la desaparición forzosa de Alejandro y Luis Sánchez es un hecho inaceptable que viola el artículo 44 y 45 de la Constitución. “El artículo 44 se refiere a la inviolabilidad de la libertad personal. La Constitución es muy clara. Una persona sólo puede ser arrestada si hay una orden judicial y tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus abogados y familiares. Alejandro y Luis no están detenidos. Alejandro y Luis son rehenes de Nestor Reverol”, agregó.
“El artículo 45 de la Constitución se refiere a las desapariciones forzosas y expresa claramente que no se tolerarán las acciones de este tipo. Además, se plantea que el funcionario o funcionaria que reciba orden o instrucción para practicarla, tiene la obligación de no obedecerla y denunciarla a las autoridades competentes. Todos los funcionarios que integran la estructura de represión de Nestor Reverol deben revisar su conciencia y pensar en el futuro. El pueblo de Venezuela seguirá en la calle, rescatará la elecciones, conquistará la democracia y todos estos crímenes encontrarán justicia. Las violaciones a los derechos humanos no quedarán impunes”, sentenció.
Matheus explicó que la desaparición forzosa es un delito grave tipificado en la Constitución y en los tratados internacionales. De acuerdo con el artículo 2 de a Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas del Alto Comisionado para los Derechos Humanos se trata del arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley. la Convención Internacional. “El caso de los morochos Sánchez es una clara desaparición forzosa. José y Alejandro fueron secuestrados por órganos de inteligencia del Estado, no han podido ser asistidos por un abogado, no sabemos de su paradero y la única información que tenemos proviene de un tuit del Ministro Reverol. El tuit de Reverol confirma la desaparición forzosa”, señaló.
El miembro de la Dirección Nacional de Primero Justicia envió un mensaje al Ministro de Interior, Justicia y Paz. “El señor Reverol debe entender que la desaparición forzosa es un crimen de lesa humanidad que no prescribe. También hay que dirigir un mensaje a los funcionarios de los cuerpos de seguridad que están a su cargo. La responsabilidad sobre estos delitos es personalísima. No podrán alegar que cumplían órdenes. Están en el deber constitucional de no acatar las órdenes de Nestor Reverol y denunciarlo ante las autoridades competentes”, indicó.
Para finalizar, el diputado Matheus alertó que el caso de Luis y Alejandro Sánchez no se trata de un hecho aislado. Así lo confirma el comunicado de prensa comunicado de prensa 132/16 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicado el 14 de septiembre de 2016 que condena las detenciones arbitrarias de miembros de la oposición venezolana.