La reciente reforma de la Ley que crea la Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos, afectará los ingresos para los estados y municipios y disminuirá aún más la labor de control del Parlamento.
Janet Yucra M.
La denuncia la hicieron los parlamentarios de la Mesa de la Unidad, en el escrito en donde argumentaron las razones por las cuales salvaron el voto en la sanción del instrumento legal, por parte de la mayoría oficialista.
Advirtieron que “el mecanismo aprobado le resta recursos a los estados y municipios, que le deben ingresar por vía del Situado Constitucional, para asignárselos al Fonden, el cual es administrado desde el Ministerio de Planificación y Finanzas, procurando más centralismo, en detrimento del régimen federal descentralizado. Es una
suerte de fraude a la descentralización como principio constitucional fundamental”.
“Lo recaudado por Contribuciones Especiales ingresa al Fonden, que es una compañía anónima con personalidad jurídica y patrimonio distinto al de la República, por cuanto tales recursos no podrán considerarse como base de cálculo del Situado Constitucional como corresponde constitucionalmente a los estados y municipios y que serán recursos sobre los cuales esta Asamblea Nacional, no tendrá sanción ni control”, señala el documento.
La reforma también “viola la figura del Fondo de Estabilización Macroeconómica, destinado a garantizar la estabilidad de los gastos del Estado en los niveles municipal, regional y nacional, ante las fluctuaciones de los ingresos ordinarios, que no son otros en la práctica que los petroleros”.
Cero consulta
En el escrito, los parlamentarios denunciaron que la ley tiene “vicios de inconstitucionalidad, al violar formalidades esenciales para su validez, previstas en los artículos 62, 206 y 211 de la Constitución,
como la Consulta Pública; requisitos éstos que buscan garantizar la participación de todos los órganos y entes del Estado en la toma de decisiones, además de la participación ciudadana”.